Investigación sobre el
primer derecho dominicano en diferentes fuentes.
La termodinámica describe
sólo estados estáticos de sistemas macroscópicos. Con estados estáticos nos
referimos a aquéllos en los que sucesivas mediciones de una dada magnitud
repiten los resultados. Los sistemas macroscópicos están compuestos de
muchísimas partículas ( ), y la termodinámica sólo se interesa por las
propiedades ``globales''. Dichas propiedades, de algún modo, representan
promedios sobre todas las componentes microscópicas.
LA CONSTITUCIÓN DE 1844
Luego de organizarse
El 24 de julio de 1844,
El Congreso Constituyente, además de redactar el Pacto Fundamental de la República, tenía el encargo de elegir el primer Ejecutivo Constitucional, y debía iniciar sus labores el 20 de septiembre.
Una vez electos, los diputados constituyentes se reunieron solemnemente en San Cristóbal a partir del 21 de septiembre de 1844. La elección de San Cristóbal, a unos treinta kilómetros de la capital, se hizo, según la afirmación del cónsul francés Eustache Juchereau de Saint-Denys, a fin de dejar a los diputados "toda la libertad de opinión y de acción y de sustraerlos a la influencia perniciosa del espíritu de partido". En principio se escogió el poblado de Guerra pero, debido a la falta de facilidades, el mismo Congreso Constituyente decretó el traslado a San Cristóbal.
Los diputados por los pueblos de la parte antes española de Santo Domingo ante el Congreso Constituyente de San Cristóbal en el año 1844, firmantes de la Constitución de la República, fueron (por pueblo).
Elaboración de un comentario
resaltando las diferencias entre las constituciones de: 1844, 1854, 1858 y
1916.
En todo caso, no fue
hasta 1844 (cuando se independizó de nuevo la República , esta vez de
Haití) cuando se aprobó la primera Constitución, el 6 de noviembre de este año,
la que se denominó Constitución de San Cristóbal.
Este texto fundamental se
vio afectado, con mayor o menor intensidad, en 1854 (dos veces) y 1858
(Constitución de Moca).
En 1865 se aprobó una nueva
Constitución, de nuevo reformada en múltiples ocasiones (1866, 1868, 1872,
1874, 1875) coincidiendo con los frecuentes cambios en el Poder Ejecutivo.
De 1905 a 1916 Estados Unidos
impuso su protectorado fiscal sobre la República: de 1916 a 1924 fue ocupada por
los Marines.
En este año, al final de la
ocupación, se redactó la Constitución de 1924, que sufrió de nuevo numerosas
modificaciones, incluso durante la dictadura de Rafael Leonidas Trujillo (la
Constitución de 1942 cambió el nombre de la ciudad de Santo Domingo a «Ciudad
Trujillo»).
Durante la dictadura de
Trujillo se produjeron siete reformas y luego de su muerte violenta, es decir
de 1961 hasta el año 2002 se produjeron siete modificaciones a la Constitución.
Constitución
de 1844
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Constitución
de 1854
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Constitución
de 1858
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Constitución
de 1916
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Esta constitución promueve
el derecho de los ciudadanos de la antigua parte española de la isla. Así
mismo, establece la igualdad de todos los ciudadanos dominicanos al decir: ¨
Todos los dominicanos nacen y permanecen libres e iguales en derecho, y todos
son admisibles a empleos públicos, estando para siempre abolida la
esclavitud. ¨ Es decir, promovía la soberanía nacional en sentido completo.
Se dejo establecido así,
que la nación era libre e independiente, con un gobierno esencialmente civil,
republicano, popular, representativo, electivo y responsable. Esta
constitución dejo creada también, lo que son las fuerzas armadas. Estableció,
los tres poderes del estado, Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Estableció, los límites territoriales, que eran los límites establecidos en
el año 1793.
Esta constitución marco el
inicio de la representación propia que debían tener los dominicanos.
Estableció el porque
debíamos ser libres e independientes, como regirnos en las formas de gobierno
y los mecanismos para mantener nuestra soberanía.
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Los inconvenientes del
texto constitucional de febrero de 1854 ofrecían en su aplicación y estado de
anormalidades que se desenvolvía la vida de
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Esta hace un gran aporte a
los derechos individuales, cuando consagra que la pena de muerte en materia
política queda para siempre abolida.
Las medidas del carácter
financiero tomadas por el gobierno del presidente Buenaventura Báez en el mes
de mayo del 1857, basadas en la facultad concedida por el senado consultor
para emitir papel moneda por el valor de 18 millones de pesos tuvieron la
oposición de las provincias cibaeñas por considerarlas atentatorias a sus
interese y creerlas dirigidas contra ellas.
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Por otra parte se cambió la denominación de Juez Alcalde actualmente Juez de Paz, por la de Juez Municipal, funcionario que sería elegido por voto directo para un periodo de dos años. |
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